Un contratista de remodelación residencial puede tomar contratos principales para oficios o trabajos que pueden incluir, entre otros, los siguientes: paneles de yeso, carpintería de acabado, pisos, aislamiento, pintura, enyesado, reparación de techos, revestimientos, mosaicos. Además, incluye:
A. Instalar, reparar o reemplazar accesorios eléctricos, como atenuadores, ventiladores, luces, enchufes e interruptores.
B. Instalar, reparar o reemplazar accesorios eléctricos como atenuadores, ventiladores, luces, tomas de corriente o interruptores.
C. Instalar, reparar o reemplazar accesorios mecánicos como filtros de aire, suministros y extractores de aire y extractores de aire preensamblados.
Un contratista de remodelación residencial NO debe tomar un contrato a menos que este incluya al menos oficios o trabajos diferentes.
7057.5. (a)Un contratista de remodelación residencial es aquel cuyo principal negocio es en relación con cualquier proyecto para hacer mejoras a en o sobre una estructura de madera residencial y el proyecto requiere del uso de al menos tres oficios o trabajos no relacionados bajo un mismo contrato.
(b) (1) Un contratista de remodelación residencial puede tomar contratos principales para oficios o artesanías que pueden incluir, entre otros, lo siguiente:(A) Paneles de yeso.
(A) Paneles de yeso.
(B) Carpintería de acabado.
(C) Pisos.
(D) Aislamiento.
(E) Pintura.
(F) Enyesado.
(G) Reparación de techos.
(H) Revestimiento.
(I) Embaldosado.
(J) Instalar, reparar o reemplazar accesorios eléctricos, como atenuadores, ventiladores, luces, enchufes e interruptores
(K) Instalar, reparar o reemplazar accesorios de plomería, como grifos, lavabos, inodoros y bañeras
(L) Instalar, reparar o reemplazar accesorios mecánicos, como filtros de aire, rejillas de suministro y retorno de aire y extractores de aire preensamblados.
(2) Un contratista de remodelación residencial no deberá aceptar un contrato a menos que el contrato incluya tres o más oficios o oficios no relacionados
(3) Sujeto al límite descrito en el párrafo (2), un contratista de remodelación residencial puede ejecutar su contrato por sí mismo o puede subcontratar cualquiera de los oficios o artesanías a un subcontratista o subcontratistas debidamente autorizados.
(c) Un contratista de remodelación residencial llevará a cabo su actividad de contratación de acuerdo con las siguientes restricciones:
(1) Un contratista de remodelación residencial no contratará un proyecto que incluya los siguientes oficios o oficios, a menos que el contratista tenga la clasificación de licencia adecuada o subcontraten con un contratista debidamente autorizado:
(A) Protección contra incendios C-16.
(B) Reducción de asbesto C-22.
(C) Perforación de Pozos C-57.
(2) Un contratista de remodelación residencial no contratará para realizar cambios estructurales en las partes de carga de una estructura existente, incluidos, entre otros, cimientos, cimientos, paredes de carga, tabiques y estructuras de techo.
(3) (A) El contratista de remodelación residencial no contratará para instalar, reemplazar, alterar sustancialmente o ampliar los sistemas eléctricos, mecánicos o de plomería o sus componentes, o los mecanismos o dispositivos que son parte de esos sistemas, a menos que el residencial el contratista de remodelación tiene la clasificación de licencia adecuada o subcontrata a un contratista debidamente autorizado.
(B) El contratista de remodelación residencial puede contratar para realizar modificaciones menores a los sistemas eléctricos, mecánicos o de plomería existentes para lograr el propósito de instalar, reparar o reemplazar accesorios eléctricos, mecánicos y de plomería, siempre que el contrato requiera el uso de al menos tres oficios u oficios de construcción no relacionados.
(C) La junta podrá adoptar reglamentos para definir con más detalle qué actividad constituye las alteraciones menores descritas en el inciso (B), y para definir con más detalle los sistemas eléctricos, mecánicos o de plomería, o sus partes componentes, o los mecanismos o dispositivos que forman parte de esos sistemas, que están sujetos a la restricción descrita en el inciso (A).
(d) Esta clasificación de contratista puede citarse como Contratista de remodelación residencial B-2.
(Agregado por Stats. 2020, Ch. 364, Sec. 3. (SB 1189) Efectivo el 1 de enero de 2021.))
*La estructuración o carpintería en bruto cuentan como oficios no relacionados.
El solicitante de la licencia de construcción general B debe tener 4 años de experiencia a nivel de oficial realizando o supervisando directamente estructuras o carpintería en bruto Y dos (2) oficios principales no relacionados (por ejemplo, plomería, electricidad, HVAC, techado, concreto, etc.
Se REQUIERE experiencia en proyectos de estructuración o carpintería en bruto para la clasificación B-Construcción general.
El solicitante de la licencia de remodelación residencial B-2 debe tener 4 años de experiencia a nivel de oficial realizando o supervisando directamente al menos tres 3 oficios no relacionados con la remodelación. Por ejemplo, experiencia con instalación de pisos, pintura, instalación de gabinetes, azulejos y más.
NO se requiere experiencia en enmarcado o carpintería en bruto para la clasificación B2.
Antes de aplicar para obtener tu licencia de contratista en California, debes cumplir con los siguientes requisitos:
¿No tienes 4 años de experiencia?
Un título de estudios universitarios puede ser equivalente a tres años de experiencia
*Debes tener un total combinado de 4 años de experiencia de tiempo completo a nivel de oficial en los últimos 10 años. Este nivel de experiencia aplica a quien ha completado un programa de aprendizaje o es un trabajador experimentado, no un aprendiz y se encuentra completamente calificado y es capaz de realizar un trabajo sin supervisión.
*Aunque puedes aplicar para obtener la licencia de contratista desde los 18 años, se recomienda que tengas al menos 23 años de edad, debido a los requisitos de experiencia.
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